¡Viene el lobo! de verdad y se llama Reglamento Europeo de Protección de Datos

Publicado por: Comaferr En: Noticias del Sector En: Comentario: 0 Golpear: 328

Faltan menos de 80 días para que entre en vigor el nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), aprobado por el Parlamento de la UE el 14 de abril de 2016, que y este es el primer dato importante entra en vigor el próximo 25 de mayo de 2018, una vez transcurridos los dos años de transición para su adaptación y cumplimiento......

Faltan menos de 80 días para que entre en vigor el nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), aprobado por el Parlamento de la UE el 14 de abril de 2016, que y este es el primer dato importante entra en vigor el próximo 25 de mayo de 2018, una vez transcurridos los dos años de transición para su adaptación y cumplimiento.

A partir de ese momento, segundo dato a tener en cuenta, el incumplimiento puede acarrear fuertes multas: hasta 20 millones de euros.

Conscientes de la dificultad que va a entrañar cumplir con esta normativa a escala europea, tercer dato importante, Grupo C de Comunicación ha organizado un Seminario, en Madrid, el próximo 11 de abril, impartido por expertos de Consulting & Strategy GFM para explicar las claves del nuevo RGPD UE 2016 /679, qué cambios conlleva en su aplicación e implantación sobre la LOPD y qué hacer para cumplirlo. Puede INSCRIBIRSE ya a través de este ENLACE o por el correo: eventos@cdecomunicacion.es (plaza limitadas por aforo).  

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la UE ha reemplazado a la actual Directiva de Protección de Datos 95/46 / EC y ha sido diseñado para armonizar las leyes de privacidad de datos en Europa, proteger y habilitar la privacidad de todos los ciudadanos de la UE.

¿Qué supone la entrada en vigor del nuevo RGPD?
Si usted creía que la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) era restrictiva y su cumplimiento daba algo más que un dolor de cabeza, el nuevo RGPD corrige y aumenta las exigencias… y mucho. Además de complicar la burocracia. El auxilio de expertos, denominados DPO (Delegado de protección de datos), figura regulada en el nuevo RGPD, para adecuarse e implantar el RGPD, especialmente en las pymes, mayoritarias en España, va a ser esencial si no quiere “morir” en el intento.

El nuevo RGPD incluye:
- Mayor alcance territorial (aplicabilidad extraterritorial)
: se aplicará a todas las empresas que procesan datos personales de personas que residen en la Unión Europea, independientemente de la ubicación de la empresa, con la obligación, en el caso de depender de Matrices en otros países externos a la UE, de identificar a su empresa representante en Europa.

- Mayores sanciones: Con un enfoque escalonado que arranca con multas sobre la facturación de la compañía por no tener sus registros en orden, no notificar a la autoridad supervisora ​​y el sujeto de datos sobre una infracción o no llevar a cabo una evaluación de Riesgos o de Impacto, según el tipo de dato y naturaleza de la información pueden llegar hasta el 4 por 100 de la facturación global anual ó 20 millones de euros. 

- Privacidad por diseño, y Responsabilidad Proactiva, no solo hay que cumplir, hay que demostrar que se cumple.

- Consentimiento: es uno de los cambios más profundos y que puede provocar mayores obligaciones. Desaparece el consentimiento “Tácito” por inacción entiendo que tengo el consentimiento para el uso de los datos y ahora debe ser un consentimiento expreso, voluntario e informado. En estos puntos radican las grandes obligaciones de información, y se establecen como los derechos fundamentales de los ciudadanosInformación detallada del “uso de la los datos” por finalidades, base jurídica y de legitimación, plazos de conservación, cesiones y finalidades de la cesión son algunos de los aspectos que de forma obligatoria tendremos que informar y nos tendrán que Autorizar.

Derechos fundamentales:
- Derecho de acceso 
- Derecho supresión o cancelación
- Rectificación
- Revocación o Oposición
- Portabilidad de datos 
- Derecho al Olvido

Finalmente, el nuevo Reglamento General de Protección de Datos va a exigir, en unos casos y recomienda en otros el nombramiento de Oficiales de Protección de Datos, DPO, una nueva figura en las empresas con responsabilidad directa sobre la aplicación del Reglamento y que deberá realizar determinadas actividades relativas a su aplicación y seguimiento.

No olvide INSCRIBIRSE por el enlace o enviar un email a eventos@cdecomunicacion.es

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